La Corte de Constitucionalidad resolvió suspender una frase del artículo 4 del Gabinete Específico, que permitirían al Ejecutivo citar a la Fiscal General del Ministerio Público.
Con la suspensión queda sin efecto la posibilidad que la Fiscal General pueda integrar las reuniones de dicho gabinete.
Dentro de la resolución del máximo tribunal quedó suspendido el último párrafo del artículo 4, “participará en sus sesiones ordinarias y extraordinarias el Fiscal General de la Republica y Jefe del Ministerio Público por invitación del presidente de la República”.
También fue suspendido el segundo párrafo del artículo 7 respecto a la integración del Gabinete, “por funcionarios de otros consejos, comisiones, secretarias, instituciones públicas, sector privado, académico, sociedad civil u otros que se consideren, (…) quienes tendrán voz pero no voto”.
Sobre el acuerdo y objetivo del Ejecutivo
El 29 de noviembre fue publicado en el diario oficial el acuerdo gubernativo 200-2024, que da vida al Gabinete Específico para la Coordinación del Cumplimiento de las Obligaciones Internacionales del Estado de Guatemala en Materia de Derechos Humanos.
En este se señaló que el Fiscal General participará en las sesiones ordinarias o extraordinarias por invitación del Presidente.
Según el Ejecutivo, entre las atribuciones esta diseñar políticas y proponer acciones en favor del cumplimiento de la observancia y cumplimiento de los derechos humanos en el país.
Dichas propuestas deben ir dirigidas al presidente de la República e ir en consonancia con las obligaciones estatales en materia de cumplimiento de los derechos humanos en Guatemala.