La nueva exigencia fue establecida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), como parte de las acciones para reducir el riesgo de propagación del virus de ébola hacia territorio estadounidense.
La normativa entrará en vigor a las 23:59 horas del 3 de noviembre, según el horario de la costa este de Estados Unidos, y contempla que las aerolíneas recopilen las declaraciones antes de permitir el abordaje de los pasajeros en vuelos procedentes del extranjero.
¿Qué deberán declarar los viajeros?
El documento, que podrá presentarse en formato físico o digital, requiere que cada pasajero confirme que no ha permanecido en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su vuelo hacia Estados Unidos.
La disposición se aplicará independientemente de la nacionalidad del viajero o del país desde el que salga el avión. También abarcará a quienes utilicen aeropuertos estadounidenses como punto de conexión para continuar su recorrido hacia otro destino internacional.
La medida incluye a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes y visitantes extranjeros. Por ello, las personas que viajen desde Guatemala deberán consultar con su aerolínea los procedimientos para completar y entregar el formulario antes de abordar.
La declaración no sustituye los requisitos habituales de pasaporte, visa ni los controles migratorios. Se trata de un procedimiento sanitario adicional que las autoridades estadounidenses incorporarán al proceso de embarque.
Los viajeros deberán proporcionar información verídica, debido a que presentar deliberadamente declaraciones falsas o engañosas puede acarrear sanciones penales, incluidas multas y penas de prisión.
Aerolíneas cuestionan la aplicación
La nueva disposición ha generado inquietudes entre representantes de la industria aérea. La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y Airlines for America solicitaron a las autoridades sanitarias reconsiderar la medida, al señalar que el plazo para implementarla es limitado.
Las organizaciones argumentaron que las compañías necesitan adaptar sus sistemas de registro, procedimientos de embarque, mecanismos de firma digital y capacitación del personal para cumplir con la normativa.
También cuestionaron que la obligación se concentre en los viajes aéreos y solicitaron revisar su alcance.
La medida responde a las preocupaciones por un brote de la cepa Bundibugyo del virus de ébola, una variante que ha provocado miles de muertes en África y para la cual no existe un tratamiento específico ni una vacuna aprobada.
La orden tiene vigencia prevista hasta el 18 de diciembre de 2026, aunque las autoridades pueden modificarla o dejarla sin efecto antes de esa fecha.
Mientras se acerca la entrada en vigor, los viajeros deberán mantenerse atentos a las instrucciones de las aerolíneas para evitar inconvenientes durante el proceso de embarque.




