Dicha comisión se creó el 20 de enero de 2020 bajo el Acuerdo Gubernativo 28-2020; y perdía vigencia el 21 de enero de 2024; sin embargo, con el nuevo acuerdo se reforma el artículo 9 que se refería al plazo, y queda de la siguiente manera:
“Artículo 9. Plazo. El plazo de vigencia de la Comisión será hasta el 21 de enero de 2028”.
La disposición, empieza a regir al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América, es decir que a partir del miércoles 19 de abril.
“Se considera indispensable ampliar su plazo”
En la parte considerativa, el Acuerdo publicado hoy establece que derivado del trabajo y logros de la comisión, es indispensable ampliar su plazo.
“La creación de la Comisión Presidencial contra la Corrupción ha permitido atender y dar seguimiento a tales responsabilidades estatales, así como por los resultados y logros que se han obtenido en las dos áreas de incidencia de la Comisión, es decir, tanto en el combate a la corrupción, como en la prevención de la misma dentro del Organismo Ejecutivo, por lo que se considera indispensable ampliar su plazo de vigencia por cuatro años”.
En ese sentido reitera que la decisión de ampliar su vigencia se hace con el objeto de continuar con el desarrollo de sus atribuciones.
Fragmento Acuerdo Gubernativo 72-2023
¿Cuál es el objeto de la Comisión Presidencial contra la Corrupción?
El objeto de esta comisión es apoyar las acciones de los ministerios, secretarías e instituciones del Organismo Ejecutivo para coordinar la Política Pública de Prevención y Lucha contra la Corrupción.
Así mismo, establece mecanismos para evitar que se repitan los casos de corrupción detectados, así como la recuperación de la confianza y credibilidad en las instituciones del Estado, mediante el planeamiento de acciones legales que permitan la recuperación de fondos públicos defraudados.
¿Cómo inicia una investigación?
Las investigaciones de esta comisión parten de una alerta (denuncia) de corrupción en una dependencia del Organismo Ejecutivo; luego de eso se siguen los siguientes pasos:
- Recibir alertas de corrupción.
- Verificar que la información recibida sea de competencia de la CPCC.
- Recibir expedientes y verificar si no existe duplicidad con otras instituciones.
- Trasladar los expedientes a las direcciones correspondientes.
- Verificar, analizar e investigar administrativamente el expediente, y elaborar el informe correspondiente.
- Discutir el expediente en mesa de directores.
- Presentar denuncias en las instituciones correspondientes.
- Dar seguimiento a las denuncias presentadas.
Resultados
Según el acuerdo de creación de la comisión, ésta debe presentar informes trimestrales y un informe anual, en el cual presentan, entre otros temas, datos relacionados con la gestión que realiza la comisión en cuanto a la cantidad de alertas y acciones en el tema de prevención.
En el informe anual de 2022, la comisión informó que durante ese período investigó 151 dependencias del Ejecutivo, a través de las alertas de corrupción recibidas.
De esa cuenta, interpuso 51 denuncias, de las cuales 56.86% se presentaron ante el Ministerio Público y 43.14% a la Contraloría General de Cuentas.
Para hacer una denuncia de corrupción, los interesados deben generar una alerta de corrupción, y llenar un formulario, lo cual está disponible en el portal web de la comisión.