Con la Copa Mundial en México y la fiebre mundialista a tope, aficionados y turistas se han propuesto conseguir su propia playera de México; sin embargo, en las calles se han podido notar diversas ventas no autorizadas, por lo que te comentamos las sanciones que podrían recibir los vendedores.

¿De cuanto es la multa por vender mercancía pirata de la Copa Mundial?
Es importante destacar que de acuerdo con el artículo 402 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, falsificar una marca con fines de especulación comercial se entiende como los siguientes fracciones:
Fracción I: “Usar una marca idéntica o de forma tal que no pueda distinguirse en sus aspectos esenciales a una previamente registrada o a una protegida por esta Ley, sin autorización de su legítimo titular o de su licenciatario, para representar falsamente a un producto o servicio como original o auténtico”.
Fracción II: “Producir, almacenar, transportar, introducir al país, distribuir o vender con fines de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas, así como aportar o proveer de cualquier forma, a sabiendas, materias primas o insumos destinados a la producción de objetos que ostenten dichas falsificaciones”.

Fracción VII: “Producir, almacenar, transportar, distribuir o vender productos de origen nacional que ostenten una denominación de origen protegida que no cuenten con la certificación correspondiente en términos de la Norma Oficial Mexicana aplicable, con el propósito de obtener un beneficio económico para sí o para un tercero”.
Es por ello que la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial explica en el artículo 403 y 404 las multas son de 2 mil a 500 mil UMAs así como 1 mil a 100 mil UMAs que representan la siguiente cantidad en pesos mexicanos según el cambio vigente de este 2026: 29 millones de pesos.




