jueves, octubre 1, 2026

Guatemala aplica exención temporal de impuestos a los combustibles: así se refleja en las facturas

La medida elimina temporalmente el IVA y el IDP para la gasolina superior, regular y el diésel. Estará vigente hasta el 31 de diciembre y las facturas deberán mostrar por separado el monto de la exención aplicada

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Las gasolineras de Guatemala comenzaron a aplicar la exención temporal del IVA y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) a la gasolina superior, regular y al diésel, como parte de las medidas para reducir el impacto del aumento de los precios de los combustibles.

La disposición está contenida en el Decreto 22-2026, aprobado por el Congreso con 148 votos y sancionado el miércoles por el presidente Bernardo Arévalo. La exención estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Además de suspender temporalmente ambos impuestos, la norma establece medidas para verificar que el beneficio sea trasladado directamente a los consumidores.

¿Cómo aparecerá en las facturas?

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) modificó el sistema de Factura Electrónica en Línea (FEL) para que los comprobantes de las estaciones de servicio detallen la exención.

Las facturas deberán incluir las leyendas “Monto de exención temporal de IVA aplicado, según Decreto Número 22-2026” y “Monto de exención temporal de IDP aplicado, según Decreto Número 22-2026”.

También deberán mostrar por separado el monto descontado por cada galón de combustible, mientras que los impuestos correspondientes aparecerán en cero.

El IDP representa una cantidad fija de Q4.70 por galón para la gasolina superior, Q4.60 para la regular y Q1.30 para el diésel. En el caso del IVA, el monto depende del precio de venta del combustible.

De acuerdo con precios de referencia del 28 de septiembre, el Ministerio de Energía y Minas estimó una reducción total de Q9.05 por galón de gasolina superior, Q8.33 para la regular y Q6.45 para el diésel.

Control de precios y sanciones

Las estaciones de servicio deberán trasladar la totalidad del beneficio al consumidor y reportar diariamente sus precios mediante una plataforma habilitada por el Ministerio de Energía y Minas.

La supervisión estará a cargo del MEM, la Diaco y la SAT, que verificarán la aplicación de la exención y el cumplimiento de los reportes. Las estaciones que incumplan podrán recibir sanciones conforme a la legislación de protección al consumidor.

El beneficio tendrá un costo fiscal estimado de Q3,318.4 millones durante los tres meses de vigencia: Q1,986.2 millones correspondientes al IVA y Q1,332.2 millones al IDP.

La norma también prohíbe la exportación y reexportación de gasolina y diésel mientras esté vigente la exención.

A partir del 1 de enero de 2027, los combustibles volverán a estar sujetos al régimen tributario ordinario.

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