El Concejo Municipal de Guatemala aprobó una tarifa única de Q7.50 para varias rutas del Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo Urbano, según lo establece el Acuerdo No. COM-13-2026, publicado en el Diario de Centro América.
De acuerdo con la disposición, el cobro autorizado aplica para las rutas 101, 102, 103, 301, 302, 303 y 601, que operan en distintos sectores de la ciudad y áreas de influencia.
La medida forma parte de la regulación del servicio prestado por operadores privados dentro del sistema municipal de transporte.
El acuerdo municipal se sustenta en el Reglamento para la Operación y Prestación de Servicios del Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo Urbano, contenido en el Acuerdo COM-25-2025 y sus reformas.



Dicho reglamento establece los procedimientos para la autorización de licencias de operación, así como la aprobación de tarifas para el servicio. En ese sentido, la comuna capitalina enfatizó que el operador autorizado no podrá cobrar un valor mayor al fijado en la tarifa aprobada.
Asimismo, el documento indica que el cumplimiento de este monto será obligatorio y estará sujeto a las condiciones establecidas en el contrato de licencia de operación y en la normativa vigente.
La aprobación de la tarifa se basa en el acta número 19-2026 de la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia urbana, en la que se conoció y avaló la propuesta presentada por el operador del servicio.
El acuerdo también establece que la disposición entrará en vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial.




