El pasado 5 de marzo, el juez Pedro Laynez, condenó a Kevin Malouf por el delito de homicidio culposo. La decisión del juez fue cuestionada por la Fiscalía contra el delito de Femicidio y los querellantes adhesivos, pues desde el inicio de la audiencia, pidieron que se suspendiera por acciones legales que están pendientes de resolver.
Estas acciones, un amparo y una apelación, fueron presentadas en noviembre de 2024, cuando el juez Laynez decidió beneficiar a Malouf y cambiarle el delito por el cual iba a ser juzgado.
En los fotogramas presentados por la Fiscalía, se observa a Kevin Malouf llevando un tonel, en el que se presume trasladó el cuerpo de Floridalma Roque. (Foto: archivo)
La Fiscalía pidió en ese momento que fuera juzgado por homicidio, cuyas penas van de 15 a 40 años de prisión, pero el juez insistió en que no hubo dolo y le modificó a homicidio culposo, que tiene penas de 2 a 5 años.
Ahora la esperanza de la Fiscalía y de los querellantes es que el amparo que está en la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, sea otorgado en definitiva y se ordene repetir la etapa intermedia.
Además, el fiscal Edgar Gómez, explicó a Soy502 que tienen que esperar a que se entregue la sentencia completa para poder presentar una nueva apelación.
“Al ser notificados presentaremos los recursos porque tenemos que analizar en base a qué podemos accionar. Estamos a la espera de ser notificados”, dijo Gómez.
Malouf debió ser juzgado por homicidio
El fiscal Gómez agregó que debido a que en la aceptación de cargos el juez avaló que fuera por el delito de homicidio culposo, fue que pidieron la pena máxima de cinco años, pues eso contempla la ley, pero la Fiscalía asegura que Malouf debió ser juzgado por homicidio simple.
“La Fiscalía sostiene que el actuar por todas las circunstancias que se dieron, desde las omisiones que hizo el doctor, el delito que más se apega es el delito de homicidio. Además, los médicos tienen esa calidad de garante de cuidar la vida de sus pacientes. Creemos que no fue algo culposo sino doloso. El confió o no tomó las precauciones y se presentó como probable el fallecimiento de la víctima y continuó realizando acciones y omisiones, como no administrarle la insulina, lo cual se traduce en que él propició la muerte de la víctima. No es una conducta omisa o de culpas, sino que hay un dolo eventual”, detalló Gómez.
Además, dijo que el juez debió esperar la audiencia de anticipo de prueba en la que Luis Castro, el enfermero, declararía como testigo y no como sindicado.
En la declaración de Castro, se darían otros elementos para que el juez pudiera considerar la situación legal de los acusados. Además, porque abriría paso a ampliar la investigación en contra de otros involucrados.
“Existe esa evidencia, esos audios, del señor Luis Castro que sí responsabiliza al doctor Malouf y que existía el plan de contingencia para desaparecer el cuerpo de cualquier paciente que falleciera, fueron acciones premeditadas. La fiscalía pidió esa audiencia, porque se cree que pudo haber participación de más personas en el caso”, finalizó Gómez.
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