jueves, abril 25, 2024

Partidos políticos podrán pautar en redes sociales de acuerdo a reformas a reglamento electoral aprobadas por el TSE

El TSE publicó nuevas reformas a sus reglamentos, uno de ellos habla de la pauta en medios de comunicación y redes sociales.

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó nuevos cambios a los reglamentos relacionados con el proceso electoral. A través del acuerdo 23-2023, publicado este viernes 6 de enero, el TSE modificó el Reglamento de la Unidad Especializada sobre medios de comunicación y estudios de opinión. 

Uno de los cambios se refiere a que las organizaciones políticas podrán contratar directamente medios de comunicación alternativos para la campaña electoral. 

Los partidos políticos podrán pagar pauta en redes sociales, según el TSE. (Foto ilustrativa: Shutterstock)

Los partidos políticos podrán pagar pauta en redes sociales, según el TSE. (Foto ilustrativa: Shutterstock)

Los medios alternativos se refiere a vallas, muppis y medios móviles que sean portados por vehículos o personas. 

El artículo 37 ter, el cual fue modificado y quedó así: 

“Las organizaciones políticas dentro del techo presupuestario definido podrán contratar directamente medios de comunicación alternativos, observando lo establecido en el presente reglamento y cumpliendo con el procedimiento que informe la Unidad Especializada, con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades en la contienda electoral y la neutralidad de los medios de comunicación. Las organizaciones políticas tienen la obligación de documentar el gasto y reportarlo en los informes financieros que presentan a laUnidad Especializada del Control y Fiscalización de las Finanzas de los partidos políticos”. 

A diferencia de lo aprobado anteriormente, esta vez, el TSE amplía el artículo para que, si bien las organizaciones políticas puedan contratar directamente medios de comunicación alternativos para la pauta, reporten este gasto en los informes financieros. 

Artículo 37 Ter, modificado. (Foto: captura de pantalla)

Artículo 37 Ter, modificado. (Foto: captura de pantalla)

Pauta en redes sociales

También modificaron el artículo 37 quarter, que se refiere al  uso de redes sociales 

“Las organizaciones políticas deberán registrar en la Unidad Especializada una única página verificada por la red social que haya registrado el descargo de responsabilidad oportunamente, en la forma y tiempo que este lo requiera. Exclusivamente podrán hacer publicaciones pagadas desde la cuenta verificada, remitiendo los reportes a la Unidad Especializada y observando las obligaciones para reportar los gastos a donde corresponda, debiendo documentar el gasto y reportarlo en los informes financieros que presentan a la unidad Especializada de control y Fiscalización de las Finanzas de los Partidos políticos”, se lee en la modificación. 

Con esto, el TSE permitirá que las organizaciones pauten en redes sociales, aunque podrán hacerlo únicamente a través de la cuenta verificada del partido político y reportar lo gastado. 

Artículo 37 Quarter modificado. (Foto: captura de pantalla)

Artículo 37 Quarter modificado. (Foto: captura de pantalla)

Lee aquí el acuerdo 23-2023

acuerdo 23-2023 TSE

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