sábado, junio 7, 2025

¿Viajas a Europa? Aerolíneas cobrarán por equipaje de mano, a partir de esta fecha

Además, aumentará de 3 a 4 horas el tiempo de retraso que da derecho a una compensación económica

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Los ministros de Transporte de los países de la Unión Europea (UE) apoyaron este 5 de junio un cambio en la normativa comunitaria que obliga a las compañías a permitir que los viajeros embarquen gratuitamente con un bulto personal, pero también facilita que las aerolíneas cobren por el equipaje de mano de un tamaño “razonable” que los pasajeros suban en cabina.

El texto final tendrá que negociarse con el Parlamento Europeo y se espera que la normativa definitiva esté lista antes de que acabe el año. La posición de los Veintisiete sobre la Reglamento de Derechos de los Pasajeros Aéreos salió adelante con el voto en contra de España, Alemania, Portugal y Eslovenia y con la abstención de Austria y Estonia.

¿Viajas a Europa? Aerolíneas cobrarán por equipaje de mano, a partir de esta fecha
¿Viajas a Europa? Aerolíneas cobrarán por equipaje de mano Foto: Pexels

Todos ellos expresaron reticencias por aumentar de 3 a 4 horas el tiempo de retraso que da derecho a una compensación económica, que era el punto más controvertido del reglamento.

¿Cuál es el tamaño permitido para el equipaje de mano en vuelos a Europa?

El texto acordado reconoce que existe confusión sobre cuándo se puede o no cobrar por el equipaje de mano, como demuestra que España haya multado con 179 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet, Norwegian y Volotea por ese y otros conceptos, aunque la sanción está recurrida.

«Se debe permitir a los pasajeros llevar sin coste adicional objetos personales que constituyan un aspecto necesario de su transporte en cabina, siempre que dichos objetos cumplan con los requisitos de seguridad aplicables y se ajusten a criterios razonables de peso y dimensiones», señala el acuerdo, que subraya que existe jurisprudencia al respecto.

Cambian reglas para el equipaje de mano

A falta de la versión final del documento, el último borrador disponible precisa que «se entiende por ‘objeto personal’ una pieza de equipaje no facturado que constituye un aspecto necesario del transporte del pasajero, que cumple con los requisitos de seguridad, y cuyas dimensiones máximas son de 40x30x15 cm, o siempre que pueda colocarse bajo el asiento delantero».

«El equipaje de mano es diferente. Ahí no hay muchas provisiones en el texto. Pero existe la posibilidad de que las compañías cobren», confirmaron fuentes europeas, a expensas aún de que se publique el documento oficial. Además, los pasajeros «deben ser informados, en el momento de la reserva y en un formato claro y accesible, de las dimensiones y el peso máximos del equipaje que pueden llevar consigo en cabina».

«Sin perjuicio del principio de libertad tarifaria, las compañías aéreas deben definir una política razonable en cuanto a las dimensiones del equipaje de mano, que permita a los pasajeros llevar una pieza de equipaje en cabina, siempre que cumpla con los requisitos de seguridad aplicables», agrega la posición consensuada por los Veintisiete, que anima también a estandarizar esos aspectos en el futuro.

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