La unificación del Número de Identificación Tributaria -NIT– y el Código Único de Identificación -CUI- que planteó la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, quedó suspendido de manera provisional, así lo determinó le Corte de Constitucionalidad, al darle trámite a una acción de Inconstitucionalidad de ley de carácter general que presentó el abogado Diego SagastumeVidaurre, quien ya fue notificado, y lo publicó en su cuenta personal de X.

El fallo fija audiencia de quince días, en la que serán citados los involucrados para conocer y determinar si suspende de manera definitiva.
Unificación:
La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) mediante la resolución SAT-DSI-393-2025 estableció que a partir del 17 de marzo 2025, el CUI se convertiría automáticamente en el NIT eliminando la necesidad de gestionarlo por separado.
La unificación iba dirigida solo para personas individuales a las que se les emite el Código Único de Identificación, porque las empresas o personas jurídicas seguirán utilizando el NIT.