La Fiscalía contra el delito de Femicidio y los querellantes en el caso de Floridalma Roque fueron amparados por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones.
El amparo fue presentado en contra de la resolución del juez Pedro Laynez de fecha 20 de noviembre de 2024, en la cual, benefició con el cambio de calificación jurídica a Kevin Malouf y lo envió a juicio por homicidio culposo y no por homicidio.

Una Sala ordenó repetir la audiencia de etapa intermedia en contra de Kevin Malouf y que el juez cambie la calificación jurídica otorgada en ese momento. (Foto: Soy502/archivo)
En la resolución de la Sala, deja sin efecto esa resolución y le ordena al juez Laynez que en el plazo de tres días emita una nueva resolución “con las consideraciones de ese fallo”.
( Foto: Soy502)
Los argumentos
De acuerdo con el amparo interpuesto, la resolución de Laynez “vulneró los derechos fundamentales como: Derecho de defensa, Debido Proceso, Seguridad Jurídica y Justicia e Imperatividad”.
Ya que el juez “sin fundamento alguno y por medio de la resolución de fecha veinte de noviembre de dos mil veinticuatro, violentó sus derechos fundamentales, pues dictó auto de apertura a juicio en contra de Kevinn Malouf Sierra, por el delito de homicidio culposo, así como también dictó auto de apertura a juicio en contra de Lydia Viviana Silva Moreira, por el delito de Homicidio Culposo en grado de complicidad y en contra de la señora Susana Emilia Rojas por el delito de encubrimiento propio, modificando con ello la calificación jurídica del delito de Homicidio por el cual acusó la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio, violando con ello el principio de debido proceso, seguridad jurídica, justicia e imperatividad”, se lee en el documento.
Ante los argumentos expuestos, la Sala manifestó:
“Estima que en el presente caso, la autoridad objetada no atendió a las circunstancias del caso, incurriendo en agravio de relevancia constitucional dada la afectación a los derechos de los amparistas, lo cual amerita el otorgamiento del Amparo, con el efecto positivo de que la autoridad impugnada analice nuevamente las circunstancias indicadas, especialmente los elementos propios de los tipos penales de Homicidio y Homicidio culposo, esto con el objeto de no violentar derechos y garantías constitucionales inherentes a otros sujetos procesales y a su vez se dicte una nueva resolución apegada al principio de legalidad, en observancia de lo anteriormente considerado, sin perjuicio del sentido en que se resuelva”, dice el amparo,
Lee aquí el amparo
amparo ordena repetir etapa intermedai
Cambio de delito
El 20 de noviembre de 2024, en la audiencia de etapa intermedia en contra de Kevin Malouf y sus trabajadoras, el juez Pedro Laynez resolvió enviar a juicio al cirujano plástico por el delito de homicidio culposo y no por homicidio, tal como lo había pedido el Ministerio Público.
En la resolución del juez, aseguró que no había existido “dolo” en las acciones de Malouf y que fue algo más “culposo”, contrario a la opinión del MP, que señaló que hubo intención en afectar a la paciente pues no realizó acción alguna para brindarle la asistencia médica necesaria.
Además, de las acciones realizadas posteriormente con el cuerpo de la paciente.