sábado, noviembre 23, 2024

Binomio del partido PODER sigue luchando procesalmente para no quedar fuera de las Elecciones

La Corte de Constitucionalidad declaró sin lugar la apelación presentada por el Partido PODER, por lo que su binomio presidencial sigue luchando para no quedar fuera de las Elecciones.

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Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) declararon sin lugar la apelación presentada por el Partido de Oportunidades y Desarrollo (Poder), en contra de la resolución de la Corte Suprema de Justicia de no otorgar de manera provisional el amparo constitucional que les fue solicitado desde el Martes Santo 4 de abril del año en curso, ante la negativa del Tribunal Supremo Electoral de no validad la Asamblea Nacional de Postulación de Candidatos, por lo que Óscar Rodolfo Castañeda y Luis Adrián Ruiz binomio presidencial de dicha organización siguen sin poder participar en las Elecciones Generales 2023.

La Corte de Constitucionalidad no aceptó la apelación presentada por el secretario general del partido Poder, Walfre Lara, con la que buscaba revertir la resolución de la Corte Suprema de Justicia que debió hacerse dado “inmediatamente” al recibir la Acción Constitucional de Amparo, que de acuerdo a la Ley de Amparo, se regula que debió haberse otorgado o no en la primera resolución; situación que no sucedió y después de mas de un mes, se resolvió dentro del ámbito de la jurisdicción constitucional, no otorgar el Amparo Provisional, ante la resolución del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que el pasado 4 de abril anuló la inscripción del binomio presidencial.

El ente electoral estableció que la Asamblea Nacional del partido Poder celebrada el 19 de marzo pasado, fue celebrada por convocatoria del Comité Ejecutivo Nacional Provisional, el cual debía ser transitorio y previo a la proclamación, debían elegir primero a un Comité Ejecutivo Nacional, por lo que no tiene validez ninguna candidatura proclamada ese día.

Sin embargo, los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad, en el Considerando III de la resolución, le devuelven la acción procesal al Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral para que, dentro del ámbito de su competencia, enmienden el procedimiento que oficiosamente realizaron con anterioridad y resuelvan entregar las correspondientes credenciales a los candidatos de PODER.

Adjunto la parte conducente del Considerando III de la resolución de la CC:

Recursos pendientes

A pocas horas para que se inicie la impresión de las papeletas para las elecciones del 25 de junio próximo, la Corte de Constitucionalidad (CC) aún tiene en sus manos la decisión si permite o no al binomio del partido político Podemos, integrado por Roberto Arzú y David Pineda poder participar en la contienda, pese a que el TSE desde el sábado último entregó el informe que le solicitó dicha corte para dar un fallo en definitiva.

Además debe resolver una de las apelaciones presentadas por Carlos Pineda, candidato a la presidencia por el partido Prosperidad Ciudadana.

Pineda presentó la apelación con el objetivo de revertir el fallo emitido por la Sala Sexta que suspende temporalmente 1,263 candidaturas.

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